miércoles, 30 de junio de 2010

Deudores alimentarios no podrán sacar carné de conducir

A quienes no cumplan con el sostenimiento de sus hijos, la Comuna tampoco les otorgará habilitación para abrir comercios ni podrán ser proveedores del Estado municipal.
El Honorable Concejo Deliberante (HCD) aprobó ayer por unanimidad una ordenanza por la que la Municipalidad de Paraná adhiere a la ley 9.424, que crea el Registro Provincial de Deudores Alimentarios que funciona en el área de Atención a la Víctima y en el que se asientan los datos de las personas que no cumplen con las cuotas acordadas judicialmente destinadas a la manutención de los hijos.
La norma, cuyo proyecto fue presentado por la concejala Marta Alem (PJ), tiende a crear conciencia y a dar herramientas para obligar a las personas que hayan logrado evadir el pago de las cuotas, por presentarse como insolventes. Así, cuando la ordenanza se ponga en vigencia, para tramitar carné de conducir o renovarlo el solicitante deberá presentar documentación que certifique que no está incluido en el listado de deudores. La Comuna también exigirá este certificado para extender habilitaciones de establecimientos o locales, y permisos de instalación, explotación de comercios, empresas o industrias y otorgar concesiones. Los proveedores del Estado municipal tampoco podrán ser deudores alimentarios. En la ordenanza se indica que la Municipalidad intimará a quienes ya tengan comercios habilitados o sean titulares de concesiones pero no estén cumpliendo con la cuota para sus hijos: les dará un plazo de 90 días para regularizar su situación. Por último, quienes figuren en el Registro no podrán ser nombrados en ninguna dependencia municipal.